Proconsumer - Seguro de cajero
Características
En atención al acuerdo conciliatorio arribado en los autos caratulados "ASOCIACIÓN PROTECCIÓN CONSUMIDORES DEL MERCADO DEL SUR - PROCONSUMER C/ BANCO MACRO SA S/ ORDINARIO" Exp. Nº20937, en trámite por ante Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 de la Ciudad de Paraná, a cargo del Dr. Martín Luis Furman, Secretaría Nº 7 de Virginia Ofeclia Correnti, se pone en conocimiento que Banco Macro S.A. otorgará a favor de las personas humanas, consumidores, titulares y ex titulares de tarjetas de débito y/o crédito con las que opera el Banco (de cajas de ahorro y/o cuenta corriente), a quienes se les hayan debitado sumas de dinero por el concepto denominado “Seguro de Cajero” durante el período comprendido entre agosto de 2017 y hasta la actualidad, la bonificación de un Seguro por Accidentes Personales de la Cía. Life Seguros (con cobertura por muerte accidental e invalidez total y permanente por accidente hasta la suma de $ 250.000) por un plazo de 6 (seis) meses consecutivos a partir de su otorgamiento. Además, sin reconocer hechos ni derecho alguno, y a los fines conciliatorios, MACRO destinará la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES ($132.000.000.-) a la compensación económica de los Consumidores Alcanzados por el Acuerdo. Adicionalmente, Banco Macro S.A. hace saber que “El Banco resguarda la seguridad de los clientes en sus recintos de cajeros automáticos y también dentro de sus sucursales y puede ser responsabilizado por daños en caso de robo o hurto en sus dependencias. La obligación de seguridad del Banco perdura, incluso si el usuario decide adquirir un seguro contra robos en cajeros automáticos, cuya cobertura resulta adicional al deber de seguridad del Banco, siendo su contratación libre y voluntaria por parte del usuario.” El acuerdo y la sentencia homologatoria podrán ser consultados en el sitio web https://mesavirtualpublica.jusentrerios.gov.ar/expedientes; como también en www.proconsumer.org.ar y www.macro.com.ar y en los estrados del juzgado. Aquel que así lo desee podrá excluirse del Acuerdo Transaccional, enviando dentro de los 90 días corridos de la última publicación del edicto correspondiente un correo electrónico a los siguientes correos electrónicos: atenciondeacuerdojudicial@macro.com.ar y proconsumer@ proconsumer.org.ar. Asimismo, lo podrán hacer en la sede de este organismo judicial o por correo electrónico (jdocyc7- pna@jusentrerios.gov.ar), en todos los casos manifestando que va a hacer uso del derecho de autoexclusión.