Revisión cuota Préstamos Hipotecarios UVA
Los Clientes alcanzados por el Decreto N° 767/2020, referido a Préstamos Hipotecarios que recaigan sobre inmuebles destinados a vivienda única, podrán a través de este medio dar inicio al proceso de revisión de su situación siempre que acrediten que el importe de la cuota en curso de su Préstamo Hipotecario supera el 35% de sus ingresos actuales.
Para este cálculo se deberán considerar tanto los deudores como codeudores, computados en igual forma a lo previsto al momento del otorgamiento de la financiación.
De acuerdo a lo establecido, antes de iniciar esta gestión, te sugerimos que controles si el monto efectivamente abonado de la última cuota paga de tu Préstamos Hipotecario fue superior al 35% de la suma de los ingresos mensuales de todos los integrantes de la operación.
En caso que efectivamente supere este porcentaje y tu condición financiera se vea afectada por este motivo, deberás seguir los siguientes pasos:
- Demostración de Ingresos: deberás presentar la documentación de Ingresos de todos los integrantes de la operación para que el Banco pueda realizar el control detallado:
- Relación de Dependencia: últimos 3 recibos de Sueldo.
- Monotributista: constancia de inscripción y últimas 3 constancias de pago.
- Autónomos: certificación de ingresos últimos 12 meses, la cual deberá estar firmada por un CPN y certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas o última DDJJ de Impuesto a las Ganancias y el correspondiente ticket de presentación.
- Jubilados: últimos 2 recibos de jubilación.
- Primera instancia de revisión: en esta instancia el Banco controlará que efectivamente cumplís con los requisitos establecidos mediante el análisis de la documentación de ingresos que presentes. Para esto deberás solicitar un turno en la Sucursal donde realizaste la gestión de tu Préstamo Hipotecario UVA. Recordá llevar ese día la documentación detallada en el punto 1.